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PROTOCOLO 0

¿Por qué surge el Protocolo 0?

El “Protocolo Cero”, surge a raíz de la INSTRUCCIÓN 5/2021, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROTOCOLO DE PRIMER CONTACTO POLICIAL CON VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN SITUACIÓN DE DESPROTECCIÓN (PROTOCOLO CERO).

Es un Protocolo específico de “primer contacto policial con víctimas de violencia de género en situación de desprotección (Protocolo Cero)” con el objetivo de mejorar los mecanismos que incrementen la calidad de las valoraciones del riesgo que se realizan sin la declaración de la víctima en dependencias policiales, siendo estos una pieza clave en la activación de los protocolos de protección. Por tanto está creado para aquellos casos en los que una víctima no presenta denuncia. Quiere decir, que antes no se aplicaba, la respuesta es negativa, antes no existía este protocolo específico, pero si la herramienta existente, la Instrucción 4/2019 de la SES no fue ajena a los supuestos de casos de violencia de género sin denuncia expresa, ya sea por parte de la víctima u otras personas. Así, explicita que cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado  tengan conocimiento o suficientes indicios de hechos que pudiesen constituir un delito relacionado con la violencia de género, habrá que realizar las diligencias necesarias para esclarecer y perseguir a todos los delincuentes dentro del ámbito de la violencia de género. No es necesario por tanto que exista denuncia, sino unos hechos determinantes en los que nosotros como policías, podamos determinar que estamos ante un supuesto en el que procede la detención del individuo en cuestión.

Con este protocolo lo que se pretende es “acciones operativas y procedimientos documentales específicos durante la primera actuación policial y las posteriores diligencias en dependencias policiales, orientadas especialmente para los supuestos de ausencia de denuncia de la víctima”, consiste en dar esa calidad necesaria a nuestras acciones, sin dejar escapar detalles.

 

ACTUACIÓN DE LAS FUERZA Y CUERPOS DE SEGURIDAD EN APLICACIÓN DEL PROTOCOLO CERO:

De inicio un policía en cualquier intervención tiene que recabar la identificación de las personas intervinientes, ya sea en la vertiente administrativa como penal, todo ello en aras a la prevención o investigación de delitos según sea, para el caso que nos ocupa estaríamos ante la posibilidad que un individuo pueda ser responsable o no de un delito de violencia de género.

  

                                                        Importancia del primer contacto:

Nunca vamos a ser capaces de determinar si seremos los primeros actuantes o no, en este tipo de intervención, por ello, ya sea por cercanía o la propia casualidad, podemos ser los primeros en intervenir, lo importante es ser capaz de aplicar el protocolo, y dar solución a la intervención.

Tiene suma importancia la protección de la víctima y sus hijos menores, recordar que esta instrucción se ha creado para los casos en los que víctima no denuncia, con ello se activan mecanismos de ayuda existentes, esos recursos asistenciales existentes que pueda necesitar la víctima, o sus descendientes menores.

 

Puede suceder que acudamos a un domicilio por un presunto caso de violencia de género y los indicios determinen que este protocolo no será necesaria su aplicación, entra dentro de la casuística normal de este tipo de intervenciones.

 

En la siguiente publicación hablaremos de las Guías de Actuación del Protocolo Cero en la Violencia de Género, abajo os dejo un vídeo informativo.

 

La seguridad no es un arma, sino un estado mental.

 

Un saludo.

 





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